¿Qué es el CNNA?

Funciones

Las funciones del CNNA están establecidas en el artículo 171 del Código de la Niñez y la Adolescencia.

Coordinar la acción interinstitucional e intersectorial en la formulación de las políticas y la ejecución de los programas de prevención, atención y defensa de los derechos de las personas menores de edad.
Conocer y analizar los planes anuales operativos de cada una de las instituciones públicas miembros del Consejo, con el fin de vigilar que al formularlos se considere el interés superior de las personas menores de edad.
Conocer y analizar los informes de seguimiento y evaluación elaborados por el Patronato Nacional de la Infancia, en cumplimiento del inciso d) del artículo 4 de su Ley Orgánica.
Promover convenios de cooperación entre las instituciones públicas o entre estas y las privadas para el mejor cumplimiento de los acuerdos adoptados.
Evaluar los informes presentados por el Patronato Nacional de la Infancia y emitir las recomendaciones pertinentes a las instituciones que correspondan y divulgarlos por los medios más apropiados.
Someter a discusión nacional el estado anual de los derechos de la niñez y la adolescencia. Este estudio y los resultados de su discusión y consulta deberán ser tomados en cuenta por las instituciones, en sus actividades de planificación anual.
Conocer y aprobar los informes de las comisiones especiales de trabajo, que se constituyan en él y emitir las recomendaciones necesarias para las instituciones pertinentes.
Solicitar la asistencia técnica y financiera de organismos nacionales e internacionales de cooperación.

Dictar los reglamentos internos para funcionar.

Doctrina de Protección Integral

De conformidad con el Artículo 5 del Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

“Toda actuación que emane del seno del Consejo deberá ser congruente con los principios de la Doctrina de Protección Integral. Esta doctrina tiene como contenido fundamental el reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos”.

  • Universalidad
  • Participación
  • Autonomía progresiva
  • No discriminación
  • Interés superior del niño, niña y adolescente

Organización interna

De conformidad con el artículo 175 del Código de la Niñez y la Adolescencia y el artículo 19 del Reglamento del Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, este órgano colegiado contará con una presidencia y una vicepresidencia

Integración

Presidenta del CNNA

Gloriana López Fuscaldo

Presidenta Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia Ministra de la Niñez y Adolescencia

Abogada y Notaria Pública y Máster en Derecho. Se ha destacado en el estudio de los derechos humanos y mediación. Laboró como Directora de Despacho de la Defensoría de los Habitantes de la República, donde asumió como recargo, por periodos, entre otras, la Dirección de la Defensoría de la Mujer y, durante más de una década, se desempeñó en diversos cargos en el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en Panamá.

Cuenta con amplia experiencia en materia de derechos humanos.

Vicepresidenta del CNNA

Gisella Fallas Barquero

Presidenta de la Unión de Instituciones Privadas de Atención a la Niñez

Profesional en Administración de Empresas con énfasis en Administración Financiera, Gestora de Talento Humano y Especialista en Motivación y Liderazgo. Actualmente, Directora Administrativa Asociación Pueblito de Costa Rica, Organización No Gubernamental dedicada a la protección y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en condición de vulnerabilidad.

Cuenta con amplia experiencia en defensa y protección de los derechos de la niñez y la adolescencia.

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